Una vez cumplido un año de la compra de su equipo fiscal, la Dirección General de Ingresos de la República de Panamá (DGI), exige realizar el mantenimiento fiscal anual obligatorio citado en la sección VI, artículo 21 del Decreto Ejecutivo 53 el cual adjuntamos para su conocimiento (puede ver también el decreto completo haciendo clic aquí) a modo de garantizar una facturación satisfactoria para su empresa.
En este sentido, el comercio tiene el deber de conservar en el local en buen estado y tener a mano y actualizado el libro de Control, Reparación y Mantenimiento. En otras palabras, es un deber dar un mantenimiento preventivo y correctivo a su equipo fiscal a fin de evitar su mal funcionamiento.
¿Pero cuáles son los pasos del mantenimiento de un equipo fiscal?
Es importante destacar que el mantenimiento del equipo, solo debe ser realizado por técnicos de empresas representantes de fabricantes autorizados por la DGI como lo es nuestra empresa Memorias Fiscales.
Según lo dispuesto en el decreto Nº 53 del 16 de junio de 2010 el servicio técnico autorizado puede realizar además del mantenimiento fiscal anual el cambio de la memoria fiscal si ud. lo solicita. Importante aclarar que será siempre y cuando se sustente con el indicador de que la misma posee la memoria fiscal llena.
El no cumplimiento de lo estipulado en la ley puede incurrir en multas que van desde los B/500 en adelante.
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